Impulsa Morena la Elección del Poder Judicial en Colima…y a sus “candidatos afines”

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Alfredo Quiles Cabrera|CN COLIMANOTICIAS

Colima, Col.- El Partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) constituirá en el Estado Comités Promotores del Voto para la Elección del Poder Judicial, una vez que el Instituto Nacional Electoral (INE), por instrucciones de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), aprobó lineamientos para que los Poderes de la Unión, Gobiernos Federal, Estatales y Municipales, puedan “promocionar” este proceso electoral que se realizará el próximo 1 de junio.

Esta “promoción” del voto en Colima ha iniciado con la instalación en postes de energía eléctrica, de teléfonos y diversos espacios públicos “panfletos”, con los colores guindas que identifican a Morena, convocando a la población a participar en la elección extraordinaria del Poder Judicial de la Federación.

Los “panfletos o cartelones”, sin logotipo de por medio, rezan: “Vota el 1 de junio por las y los Ministros, Magistrados y Jueces. Por el Nuevo Poder Judicial”.

Es de mencionar que esta “promoción del voto” es llevada a cabo por Partido Morena, a través de la organización morenista denominada “Construyendo Justicia”, la cual es impulsada por legisladores federales de Morena, que han iniciado con la formación de comités para promover el voto en las elecciones del Poder Judicial en al menos 18 estados, entre ellos Colima.

Extraoficialmente, se dio a conocer que “esta promoción del voto del Poder Judicial” se llevará a cabo a través de los denominados “Servidores de la Nación”, un grupo creado meses después del 1 de julio de 2018, heredero de las estructuras de promoción del voto de Morena.

Es de mencionar que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) facultó al gobierno federal y estatales, así como a los servidores públicos de los tres Poderes de la Unión, a realizar actividades, emitir propaganda y usar recursos públicos para promover la elección judicial.

El TEPJF dictaminó que el INE no tiene la facultad exclusiva de promover la participación ciudadana en ese proceso electoral, y aunque permitió que todo servidor público y nivel de gobierno también realice esas tareas, emitió un decálogo de reglas que deberán cumplir.

LOS CANDADOS

Los candados aplicados por el TEPJF son:

1. Solo los Poderes de la Unión y de las entidades federativas tienen atribuciones para realizar actividades tendentes a la promoción del voto y la participación ciudadana en las elecciones judiciales. No pueden promover el voto en los procesos electorales locales o federales.
2. Toda promoción y difusión deberá ser imparcial y con carácter institucional, sin hacer propaganda personalizada, proselitismo, ni mencionar a partidos o candidaturas a favor o en contra.
3. Sólo puede tener fines de promoción en la participación en el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial, así como didácticos o educativos para esclarecer la forma en que se podrá emitir el voto para cada uno de los cargos.
4. En ningún momento se pueden mostrar los nombres o imágenes de las personas candidatas o cualquier referencia que las pueda hacer identificables.
5. De tratarse de spots o propaganda en Internet, no puede señalarse el poder u órgano que promueve o emite la comunicación, es decir, los promocionales no podrán contener los nombres, logotipos o colores de la autoridad que lo promueve; sin embargo, deberán informar al INE qué publicidad corresponde a cada uno de los Poderes de la Unión o de las entidades federativas.
6. “Las personas integrantes de los órganos autorizados a promover el voto de los Poderes de la Unión o de las entidades federativas, que a su vez sean candidatas a los diversos cargos de personas juzgadoras, no podrán participar en la propaganda institucional que al efecto se difunda”.
7. La única autoridad que podrá mostrar su logo para estos efectos es el INE, y en su caso, los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLE).
8. Los Poderes de la Unión y de las entidades federativas pueden realizar la promoción de conformidad con lo establecido en la legislación electoral, siempre y cuando no se genere propaganda personalizada.
9. Las personas servidoras públicas podrán promover la elección judicial en sus redes sociales.
10. Las personas legisladoras federales podrán promover la elección judicial en cualquier otro medio que permita comunicar la promoción, siempre y cuando los recursos públicos utilizados estén destinados a la comunicación social con fines constitucionalmente lícitos, sin algún tipo de sesgo o apoyo a determinada candidatura. Las personas legisladoras locales podrán hacer lo mismo en las elecciones de sus entidades federativas.