MITOS Y MITOTES

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CANDIDATURAS INDEPENDIENTES

Por Mtro. Florencio Llamas Acosta

Agradezco al Sr. Gerardo Zamora su interés y comentarios positivos hacia mis colaboraciones y a todos mis lectores les deseo felices vacaciones.

Cada proceso electoral es único e irrepetible, pues cada uno se desarrolla en escenarios y circunstancias distintas en las que los diversos elementos como son los electores, los partidos, los candidatos, las campañas, las normas legales, etc. se entrelazan con nuevas variables, por ello, el próximo proceso electoral del 2015 será distinto al reciente pasado en el 2012, pues tendrá nuevos ingredientes, las redes sociales serán un protagonista más activo en la competencia electoral en el ámbito local, además se desarrollarán por vez primera con una nueva distritación en la elección de diputados locales, así como la nueva disposición de considerar el 50% de las candidaturas para mujeres, de igual forma se abre el espacio para que compitan los ciudadanos bajo la figura de las candidaturas independientes.

A nivel nacional, el 27 de diciembre del 2013, se publica el decreto donde se reforma el inciso e) y se adiciona un inciso o) de la fracción IV del artículo 116; y se reforma el artículo 122, Apartado C, Base Primera, fracción V, inciso f) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuyo propósito es eliminar la exclusividad de los partidos políticos para solicitar el registro de candidatos a cargos de elección popular y se establece que las Constituciones y leyes de los Estados fijen las bases y requisitos para que los ciudadanos soliciten su registro como candidatos independientes a cargos de elección popular, y se faculta a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal para expedir disposiciones electorales considerando las candidaturas independientes.

En Colima, el Congreso del Estado aprobó el 8 de agosto del 2013, la figura de candidatura independiente, la minuta establece que los ciudadanos colimenses podrán contender en los procesos electorales para todos los cargos de elección popular, de manera independiente de los partidos políticos, siempre que satisfagan los requisitos, condiciones y términos que establezca el Código Electoral del Estado.

Sin lugar a dudas, ambas modificaciones legales al cambiar las reglas del juego genera un nuevo escenario político electoral, tanto para los votantes, para los ciudadanos con aspiraciones de ser votados y para los partidos políticos, pues de acuerdo a la normatividad anterior, ningún ciudadano podía aspirar a registrarse como candidato para algún cargo, si este no era postulado por un partido político, esta exclusividad permitía a los partidos grandes mantener un control ejerciendo coerción sobre sus cuadros, pues eran solo los únicos vehículos para competir.

De igual forma los partidos pequeños que no gozan de una estructura y trabajo político, en tiempos preelectorales se esperaban a que los aspirantes con cierto capital político fueran rechazados para ofrecerles las siglas del partido, con el afán de mantener su registro y sumarles votos a las candidaturas plurinominales.

Con esta nueva figura, quienes aspiren a algún cargo de elección popular más que quedar bien con un partido político para que lo postule, podrá optar en realizar una estrategia de acercamiento con la ciudadanía para que pueda contar con las firmas y el respaldo suficiente y presentar su candidatura ajustándose a las reglas electorales que para tal efecto aprueben los legisladores.

Veamos cómo funcionan las candidaturas independientes y como le va a los partidos políticos, “a ver de qué cuero sale más correas”. ¿O usted cómo lo piensa?

 

*Maestro en Ciencia Política y Administración Pública. Catedrático de la Facultad de Ciencias Políticas de la Universidad de Colima.

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