Centros de rehabilitación deben contar con avisos y registro

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Redacción|COLIMANOTICIAS

Colima, Col.- Al señalar que mantiene la vigilancia y el fomento sanitario en los centros de rehabilitación privados para que de manera paulatina se acerquen al cumplimiento de la normativa aplicable para la prevención, tratamiento y control de las adicciones y la Ley para la Prevención, Tratamiento y Control de las Adicciones en el Estado de Colima, la Secretaría de Salud y Bienestar Social dijo que estos centros deben en contar para su operación con avisos de funcionamiento y de Responsable Sanitario, emitidos por parte de la Coespris, así como con el registro como institución especializada ante la Comisión Nacional contra las Adicciones.

Asimismo, se vigila que los centros cuenten con un programa general de trabajo aprobado por la CONADIC y avalado por el Centro Estatal contra las Adicciones, en el que se contemple el tratamiento médico y/o psicosocial basado en principios científicos, sociales y éticos; un reglamento interno; manuales técnico-administrativos, y guía operativa de referencia y contrarreferencia a otros establecimientos de mayor complejidad, de acuerdo con el cuadro clínico.

Además, se constata el perfil del personal que labora en ellos; la ausencia de hacinamiento; que se promueva el trato digno; que se cuente con la plantilla de personal especializado; que la alimentación proporcionada sea de calidad sanitaria y balanceada, por mencionar los aspectos de mayor riesgo.

Refirió que se sostienen reuniones con los representantes de los centros de tratamiento en adicciones residenciales, acordando que los centros no pueden funcionar antes de contar con las autorizaciones respectivas, por parte de la Coespris, CECA y Ayuntamientos.

Por ello, deben contar también con instalaciones específicas y especiales; ambiente físico apropiado y seguro; trabajo conjunto con familiares; dormitorios separados por sexo, y suministro de medicamento solo con prescripción médica.

La dependencia reportó que dentro del seguimiento de vigilancia sanitaria se han otorgado plazos para la corrección de las anomalías encontradas, tal como se dispone en el artículo 430 de la Ley General de Salud.

Y cuando se han identificado anomalías de alto riesgo, que ponen en peligro la salud e integridad de los usuarios, señaló que se ha procedido a la aplicación inmediata de 11 suspensiones de trabajos o servicios, de 2008 a la fecha del presente año.